Indemnización impuesta a Horna no incluye a viuda del chofer

Tras la condena del gerente de Transportes Horna,  Edward Millán Horna Villavicencio, por la muerte de 42 personas leída el pasado viernes, fijando una reparación civil para los familiares de las víctimas, hay alguien que fue excluida: La esposa del chofer del vehículo.

La viuda Andrea Clara Fernández Crisólogo, quien perdió a su esposo Santos Eduardo Rivera Chacón en dicho accidente, estuvo presente en la lectura de la sentencia a cargo del juez Julio Alberto Neyra Barrantes. Ella salió muy desconsolada tras escuchar que el juez solo mencionó que la reparación civil le corresponde a los deudos de los pasajeros.

Según la explicación que dio el juez antes de leer el fallo, el conductor Santos Rivera Chacón subió a manejar el vehículo sabiendo que estaba sometido a excesivas horas de conducción, más de las que contempla el reglamento, además aceptó conducir solo, sin copiloto para intercambiar la conducción cada cuatro horas.

Se ha probado, dijo el juez que Santos Rivera ha sido conductor del siniestrado vehículo, que salió de Cajabamba a la una y media de la tarde del 12 de abril. Él llegó a Huamachuco a las 8:00 p.m. y a las 10:30 p.m. enrumbó a Trujillo, pero no pudo llegar ya que la caída al abismo ocurrió a las 3:30 a.m.

“Es evidente, dijo el juez, que este señor manejó más de las horas que la normaadministrativa permite, eso quedó debidamente probado”.

El juez señaló que el fallecido conductor tenía brevete, por lo tanto conocía las normas y a pesar de eso se puso en peligro y a los pasajeros también. El juez sostuvo que el conductor no debió subir al vehículo, tuvo que oponerse. En consecuencia, para el juez Julio Alberto Neyra la Fiscalía lo incorporó indebidamente como agraviado, ya que él contribuyó a que el hecho ocurra.

“Él subió por la necesidad del trabajo, sino quería ir lo despedirían, además él manejaba solo”, dijo por su parte la viuda.

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